En días recientes, fue nota que, en el Estado de Michoacán se había detenido un operador "imporante" del crimen organizado aunque no se dio a conocer su identidad; sin embargo, no pasó mucho tiempo cuando se supo, que al parecer en represalia por esa detención, en el referido Estado, elementos del crimen corporativo (parasistema) hicieron un "sitio", donde quemaron, destruyeron vehículos y se enfrentaron a garantes de la seguridad.
Tal acontecimiento debe ser analizado de forma precisa y profunda, puesto que históricamente, las organizaciones criminales no han atentado de esa forma contra la sociedad; es decir, en el evento referido, robaron autobuses de pasajeros y después de bajar a los ocupantes, los incendiaron junto con otros vehículos particulares que estaban en los alrededores, causando graves perjuicios y daños al patrimonio de múltiples ciudadanos, descontándo todas las vejaciones de que fueron objeto dichos "civiles".
Léase pues en dos vertientes el despliegue antisocial; por una parte, en un ánimo "retributivo", el crimen organizado ha empezado a romper un código no escrito, relativo a respetar a la población civil ajena a sus activiades, no es lo mismo la caída de víctimas "colaterales" que atentar directamente en contra de bienes de los integrantes de la sociedad con todo el riesgo de costo de vidas que ello ímplica. Por la otra, se debe valorar el alcance del mensaje de un evento como el ocurrido, puesto que acciones así se transmiten a las autoridades quizá como "primeros avisos", por que hay que preguntar, en la próxima detención "importante", qué acciones tomaran las organizaciones antisociales, en lugar de quemar vehículos vacios, lo harán con sus pasajeros a bordo? Cúal es pues la cuota o la retibución requerida para saldar o igualar una detención? esa noción de suyo, no es difícil de asimilar, si se enderezaran tales acciones (como ha venido siendo) en contra de los protagonistas antagónicos; lo inquietante es que ahora paracería que la tendecia es hacerlo en contra de la población que inerme, ahora verá acrecentada su zozobra cuando se aununcien las detenciones de los altos operadores.
Es cuanto.
domingo, 7 de noviembre de 2010
viernes, 5 de noviembre de 2010
LA EROSIÓN DEL ESTADO
La Real Academia de la Lengua, define el término erosionar como: Desgastar el prestigio o influencia de una persona o institución.
Entonces, más allá de las nociones expuestas por el profesor de las razones por las cuales el Estado se erosiona, es pertinente verter las siguientes líneas en tanto a dicha acepción.
Es importante razonar dos cuestiones basales: 1. El estado mexicano está erosionado? y 2. De ser el caso, porque se ha desgastado su prestigio o influencia?
Las respuestas son: Si está erosionado y la tendencia es que tal proceso continúe; de no tomarse medidas específicas, viables y pragmáticas, nuestro Estado de Derecho seguirá erosionándose de manera irremediable. El resultado de ese tránsito, es un Estado de ingobernabilidad (fallido) citan algunos. Los pesos y contrapesos del poder se han quebrantado y agunos, han claudicado en sus fines. La crisis, cuyo origen lo es la inseguridad y el reposicionamiento del crimen de alto impacto, ha incidido también en los sectores económicos, estructurales, societales e institucionales; es decir, en los pilares del Estado de Derecho. El principio de legalidad ha sido vulnerado y minimizado y está a punto de sucumbir, luhmanianamente hablando, el sistema todo está seriamente comprometido, e incluso se está clausurando con sus homólogos externos, lo cual, en vías de la globalización, a todas luces representa un estancamiento que, como vótice de un ciclón, atrae al vacío todo aquello que pueda ser rescatable.
Ha perdido influencia justamente por las erróneas acciones para combatir la conformación del "parasistema" de la delincuencia corporativa y, al perder ingerencia, se socava desde y hacia afuera, dando a la sociedad la noción de vacío y falta de certeza. Las medidas y acciones se deben redireccionar cuanto antes, los cuadros se deben de reconformar y los resultados reevaluarse. El Estado no puede y ni debe erosionarse, no bajo los esquemas planteados; una cosa es citar a la erosión doctrinalmente y otra muy distinta, que en la práxis ocurra. Es cuanto.
Entonces, más allá de las nociones expuestas por el profesor de las razones por las cuales el Estado se erosiona, es pertinente verter las siguientes líneas en tanto a dicha acepción.
Es importante razonar dos cuestiones basales: 1. El estado mexicano está erosionado? y 2. De ser el caso, porque se ha desgastado su prestigio o influencia?
Las respuestas son: Si está erosionado y la tendencia es que tal proceso continúe; de no tomarse medidas específicas, viables y pragmáticas, nuestro Estado de Derecho seguirá erosionándose de manera irremediable. El resultado de ese tránsito, es un Estado de ingobernabilidad (fallido) citan algunos. Los pesos y contrapesos del poder se han quebrantado y agunos, han claudicado en sus fines. La crisis, cuyo origen lo es la inseguridad y el reposicionamiento del crimen de alto impacto, ha incidido también en los sectores económicos, estructurales, societales e institucionales; es decir, en los pilares del Estado de Derecho. El principio de legalidad ha sido vulnerado y minimizado y está a punto de sucumbir, luhmanianamente hablando, el sistema todo está seriamente comprometido, e incluso se está clausurando con sus homólogos externos, lo cual, en vías de la globalización, a todas luces representa un estancamiento que, como vótice de un ciclón, atrae al vacío todo aquello que pueda ser rescatable.
Ha perdido influencia justamente por las erróneas acciones para combatir la conformación del "parasistema" de la delincuencia corporativa y, al perder ingerencia, se socava desde y hacia afuera, dando a la sociedad la noción de vacío y falta de certeza. Las medidas y acciones se deben redireccionar cuanto antes, los cuadros se deben de reconformar y los resultados reevaluarse. El Estado no puede y ni debe erosionarse, no bajo los esquemas planteados; una cosa es citar a la erosión doctrinalmente y otra muy distinta, que en la práxis ocurra. Es cuanto.
LA VIGENCIA DE "LEVIATAN"
|En 1651, THOMAS HOBBES, en su obra "Leviatan", describió en el Capítulo XXVII "De los Delitos, Eximientes y Atenuantes", la siguiente consideración:
"Por defecto en el razonar (es decir, por error) propenden los hombres a violar la ley en tres aspectos. Primero, por presunción de falsos principios, como es la errónea apreciación de que en todos los lugares y en todos los tiempos las acciones injustas han sido autorizadas por la fuerza, así como las victorias de quienes las han cometido, y que cuando los hombres poderosos quebrantan las leyes en su país consideran a los más débiles y a los fracasados en sus empresas como los únicos delincuentes. Admitido esto, ningún acto por sí mismo puede ser delito, sino que lo será o no (no por la ley sino) según el éxito de quien lo cometa, y el mismo hecho resulta virtuoso o vicioso, según disponga la fortuna."
Los otros dos aspectos los omito pues no tienen ingerencia en este comentario.
Así, la vigencia de lo escrito por HOBBES hace ya casi tres siglos y medio, se hace patente hoy día en nuestro ámbito nacional; i. e., la presunción de falsos principos, o mejor dicho, principios de "razón de Estado", no han permitido disminuir el flagelo delincuencial que tiene sumido al país en una grave crisis; en esa tesitura, las acciones emprendidas parece que han sido dejadas para ser juzgadas por la "fortuna", lo cual, desde luego en pleno siglo XXI resulta inapropiado (por decir lo menos). Los hombres del poder tienen el doble mandato moral y legal, de no quebrantar la ley; el Estado de Derecho se contrapone a esa práctica, aun cuando fuese por "error", puesto que los errores en materia de gobernabilidad, tienen altísimos costos no sólo para sus protagonistas, sino sobre todo, y por desgracia, para la sociedad a la que se debe servir y garantizar un estadío, por lo menos de mediana certeza y seguridad.
Es cuanto.
"Por defecto en el razonar (es decir, por error) propenden los hombres a violar la ley en tres aspectos. Primero, por presunción de falsos principios, como es la errónea apreciación de que en todos los lugares y en todos los tiempos las acciones injustas han sido autorizadas por la fuerza, así como las victorias de quienes las han cometido, y que cuando los hombres poderosos quebrantan las leyes en su país consideran a los más débiles y a los fracasados en sus empresas como los únicos delincuentes. Admitido esto, ningún acto por sí mismo puede ser delito, sino que lo será o no (no por la ley sino) según el éxito de quien lo cometa, y el mismo hecho resulta virtuoso o vicioso, según disponga la fortuna."
Los otros dos aspectos los omito pues no tienen ingerencia en este comentario.
Así, la vigencia de lo escrito por HOBBES hace ya casi tres siglos y medio, se hace patente hoy día en nuestro ámbito nacional; i. e., la presunción de falsos principos, o mejor dicho, principios de "razón de Estado", no han permitido disminuir el flagelo delincuencial que tiene sumido al país en una grave crisis; en esa tesitura, las acciones emprendidas parece que han sido dejadas para ser juzgadas por la "fortuna", lo cual, desde luego en pleno siglo XXI resulta inapropiado (por decir lo menos). Los hombres del poder tienen el doble mandato moral y legal, de no quebrantar la ley; el Estado de Derecho se contrapone a esa práctica, aun cuando fuese por "error", puesto que los errores en materia de gobernabilidad, tienen altísimos costos no sólo para sus protagonistas, sino sobre todo, y por desgracia, para la sociedad a la que se debe servir y garantizar un estadío, por lo menos de mediana certeza y seguridad.
Es cuanto.
miércoles, 3 de noviembre de 2010
EL PODER DEL HOMBRE POR EL HOMBRE
FAUSTO (Dr.), es la obra (metáfora mítica) fundamental del autor alemán JOHANN WOLFGANG VON GOETHE, en la que describió la amargura del hombre, su soledad y su inherente e irreflenable búsqueda de algo superior a sí mismo.
El doctor FAUSTUS, erudito teólogo e incansable investigador de todo aquél conocimiento que lo condujera a Dios, en un momento claudicó en su búsqueda y se entregó al estudio de la mágia hermética y prohibida. Invocó aun sin pretenderlo a entidades fuera de su conocimiento y comprensión. A su estudio se presentó un perro negro que se transformó en figura que semajaba un humano, era Mefistófeles, quien de inmediato lo sedujo y arropo para saciar sus necesidades de reconocimiento y eliminar su sentido de ambiguedad y falta de pertenencia.
La relación fue simbiótica y formalizaron un pacto de "sangre" que consistía en que "en este mundo", el espíritu de la negación le ayudaría al doctor a encontar su camino y, cuando éste muriera, le regresaria la "ayuda" al príncipe del aberno. Lo que FAUSTO no sabía, es que había comprometido y condenado su alma eternamente.
Mefistófeles cumplío, y guió al doctor en su búsqueda y le otorgó los conocimientos necesarios para que creyese que se estaba acercando a Dios; claro, lo único que ocurrió fue la transformación de FAUSTO en un ser despreciable y soberbio que, incluso con la interseción abernina, conoció el amor carnal y, en un acto deshumanizado, después de que la mujer conseguida con las malas artes dio a luz, la abandonó provocando que la madre de su hijo diera muerte al recién llegado y posteriormente ella fuera ejecutada por su atrocidad.
La obra es la representación de la lucha del ser humano por encontrar la luz en medio de las tinieblas. FAUSTO es un paradigma, un ejemplo de nuestro mundo interior lleno de conflictos entre nuestros deseos egocéntricos y el anhelo de servir a algo más elevado.
La conducta dilemática de FAUSTO, desviada al fin hacia el lado oscuro en pos de descubrir la luz, no es más que la historia del devenir humano. El Estado de Derecho busca el bien superior de su componente poblacional (en teoría), dogmáticamente no pude ser de otra forma o no tendría razón de ser; el dilema es, para conseguirlo, tendrá el Estado que pactar con Mefisto? Seguro que no respondo, las tinieblas son perenes y sempiternas; sin embargo, el razocinio y el adecuado uso del instrumento formidable que es el derecho, debe superponerse a cualquier tentación proveniente de los "espirítus de la negación". Es cuanto.
El doctor FAUSTUS, erudito teólogo e incansable investigador de todo aquél conocimiento que lo condujera a Dios, en un momento claudicó en su búsqueda y se entregó al estudio de la mágia hermética y prohibida. Invocó aun sin pretenderlo a entidades fuera de su conocimiento y comprensión. A su estudio se presentó un perro negro que se transformó en figura que semajaba un humano, era Mefistófeles, quien de inmediato lo sedujo y arropo para saciar sus necesidades de reconocimiento y eliminar su sentido de ambiguedad y falta de pertenencia.
La relación fue simbiótica y formalizaron un pacto de "sangre" que consistía en que "en este mundo", el espíritu de la negación le ayudaría al doctor a encontar su camino y, cuando éste muriera, le regresaria la "ayuda" al príncipe del aberno. Lo que FAUSTO no sabía, es que había comprometido y condenado su alma eternamente.
Mefistófeles cumplío, y guió al doctor en su búsqueda y le otorgó los conocimientos necesarios para que creyese que se estaba acercando a Dios; claro, lo único que ocurrió fue la transformación de FAUSTO en un ser despreciable y soberbio que, incluso con la interseción abernina, conoció el amor carnal y, en un acto deshumanizado, después de que la mujer conseguida con las malas artes dio a luz, la abandonó provocando que la madre de su hijo diera muerte al recién llegado y posteriormente ella fuera ejecutada por su atrocidad.
La obra es la representación de la lucha del ser humano por encontrar la luz en medio de las tinieblas. FAUSTO es un paradigma, un ejemplo de nuestro mundo interior lleno de conflictos entre nuestros deseos egocéntricos y el anhelo de servir a algo más elevado.
La conducta dilemática de FAUSTO, desviada al fin hacia el lado oscuro en pos de descubrir la luz, no es más que la historia del devenir humano. El Estado de Derecho busca el bien superior de su componente poblacional (en teoría), dogmáticamente no pude ser de otra forma o no tendría razón de ser; el dilema es, para conseguirlo, tendrá el Estado que pactar con Mefisto? Seguro que no respondo, las tinieblas son perenes y sempiternas; sin embargo, el razocinio y el adecuado uso del instrumento formidable que es el derecho, debe superponerse a cualquier tentación proveniente de los "espirítus de la negación". Es cuanto.
LA TEORÍA DE LA RENTA DE DAVID RICARDO
DAVID RICARDO, fue un connoatdo economista inglés (1772-1823) y el más claro exponente de las doctrinas fundamentales de la economía clásica.
En sus análisis del proceso de la formación de valores, RICARDO parte del supuesto de que la competencia es la ley del mercado. La escasez de los artículos y la suma de trabajo que contienen determinan' su valor. En los que no pueden reproducirse, la escasez es el factor decisivo, y en los que pueden multiplicarse es el trabajo. RICARDO modificó sensiblemente estos conceptos. En materia de salarios, desarrolló la teoría de ADAM SMITH del "salario natural" o sea el indispensable para la subsistencia del trabajador y para que pudiese reproducirse sin cambios. En cuanto a capital, consecuente con su teoría del valor, era simplemente trabajo acumulado. El interés del dinero se regulaba por los beneficios que ofrecía el empleo de capital. Esta idea y la de la disminución de rendimiento es la misma que expuso Thünen en Der lsolierte staat.
Su brillante defensa del librecambio culmina en una elocuente demostración de que el sistema de competencia es el único que fija los verdaderos tipos de precios, salarios, beneficios y renta. Aceptaba la división tradicional de los rendimientos en renta, salarios y beneficios, correspondientes a los tres supuestos factores de la producción: tierra, trabajo y capital. Su teoría de la renta, compartida por los economistas de su época, partía del supuesto de que los aumentos de población obligaban a poner en uso tierras de baja calidad y que la diferencia entre la productividad de éstas y de las más fértiles originaba la renta. Es cuanto.
En sus análisis del proceso de la formación de valores, RICARDO parte del supuesto de que la competencia es la ley del mercado. La escasez de los artículos y la suma de trabajo que contienen determinan' su valor. En los que no pueden reproducirse, la escasez es el factor decisivo, y en los que pueden multiplicarse es el trabajo. RICARDO modificó sensiblemente estos conceptos. En materia de salarios, desarrolló la teoría de ADAM SMITH del "salario natural" o sea el indispensable para la subsistencia del trabajador y para que pudiese reproducirse sin cambios. En cuanto a capital, consecuente con su teoría del valor, era simplemente trabajo acumulado. El interés del dinero se regulaba por los beneficios que ofrecía el empleo de capital. Esta idea y la de la disminución de rendimiento es la misma que expuso Thünen en Der lsolierte staat.
Su brillante defensa del librecambio culmina en una elocuente demostración de que el sistema de competencia es el único que fija los verdaderos tipos de precios, salarios, beneficios y renta. Aceptaba la división tradicional de los rendimientos en renta, salarios y beneficios, correspondientes a los tres supuestos factores de la producción: tierra, trabajo y capital. Su teoría de la renta, compartida por los economistas de su época, partía del supuesto de que los aumentos de población obligaban a poner en uso tierras de baja calidad y que la diferencia entre la productividad de éstas y de las más fértiles originaba la renta. Es cuanto.
LA TRAGEDIA DE LOS COMUNES
Me referiré al artículo "La Tragedia de los Comunes" de GARRET HARDIN.
Empieza el autor con una reseña relativa a lo que denomina las soluciones técnicas a diversos problemas societales y, en esa óptica, precisa que existen "problemas sin solución técnica". En ésta categoría, existen grupos o conjuntos y, uno de ellos es lo que señala como problema poblacional.
La población crece de manera exponencial (geométricamente dijo MALTHUS). En un mundo finito esto significa que la repartición percapita de los bienes del mundo debe disminuir, ya que, se pregunta el autor, ¿el nuestro es un mundo finito?, ante lo cual responde que sí, ya que el espacio no es "una salida".
De ello infiere lógicamente, que un mundo finito, solo puede mantener una población finita, por lo que, el aumento poblacional debe eventualmente igualar a cero. En su disertación, el autor cita a BENTHAM quien propuso que "el mayor bienestar para la mayor cantidad de individuos"; sin embargo, HARDIN da dos razones por las que tal postulado no puede ocurrir: La primera es de orden teoríco, y es relativa a que matemáticamente es imposible maximizar dos variables (o más) al mismo tiempo. La otra surge de los hechos biológicos, y se refiere a la cantidad de energía que requiere el organismo para subsistir, la cual, por las razones expuestas, cada vez sería más dificil de obtener.
Los "comunes" son para el autor los recursos o bienes del planeta, tales como recursos naturales, espacios destinados a la conservación, espacios para pastoreo y más, los cuales, según su óptica se están agotando porque eventualmente no podrán dar sustento a toda la población que crece geométricamente y porque cada exponente poblacional busca para sí y sólo para sí, su beneficio particular.
Otros factores inciden desde luego en la "tragedia", tales como la contaminación, una ineficaz legislación y una inadecuada reproducción (humana); por tanto, el uso de los recursos comunes debe restringirse lo que implica restringir la libertad personal de alguien. La sociedad, acota, se volvió más libre pero sólo para traer la ruina universal; por tanto, la necesidad que se debe reconocer es la abandonar los recursos comunes en la reproducción ya que ninguna solución técnica puede salvarnos de las miserias de la sobrepoblación. La libertad de reproducción traerá ruina para todos.
Termina con el argumento de que la única manera en que podemos preservar otras y más preciadas libertades, es renunciando a la libertad de reproducción. "La libertad es el reconocimiento de la necesidad".
Los anteriores argumentos; interalia, me parece que sirvieron de base para el guíon del filme "Cuando el destino nos alcance" protagonizado por el gran CHARLTON HESTON, quien descubrió como se producía el único alimento disponible para la sociedad de ese contexto, el "SOYLENT", hecho a partir de seres humanos. Nos estará alcanzando el destino? que dicen nuestros gobernantes? Es cuanto.
Empieza el autor con una reseña relativa a lo que denomina las soluciones técnicas a diversos problemas societales y, en esa óptica, precisa que existen "problemas sin solución técnica". En ésta categoría, existen grupos o conjuntos y, uno de ellos es lo que señala como problema poblacional.
La población crece de manera exponencial (geométricamente dijo MALTHUS). En un mundo finito esto significa que la repartición percapita de los bienes del mundo debe disminuir, ya que, se pregunta el autor, ¿el nuestro es un mundo finito?, ante lo cual responde que sí, ya que el espacio no es "una salida".
De ello infiere lógicamente, que un mundo finito, solo puede mantener una población finita, por lo que, el aumento poblacional debe eventualmente igualar a cero. En su disertación, el autor cita a BENTHAM quien propuso que "el mayor bienestar para la mayor cantidad de individuos"; sin embargo, HARDIN da dos razones por las que tal postulado no puede ocurrir: La primera es de orden teoríco, y es relativa a que matemáticamente es imposible maximizar dos variables (o más) al mismo tiempo. La otra surge de los hechos biológicos, y se refiere a la cantidad de energía que requiere el organismo para subsistir, la cual, por las razones expuestas, cada vez sería más dificil de obtener.
Los "comunes" son para el autor los recursos o bienes del planeta, tales como recursos naturales, espacios destinados a la conservación, espacios para pastoreo y más, los cuales, según su óptica se están agotando porque eventualmente no podrán dar sustento a toda la población que crece geométricamente y porque cada exponente poblacional busca para sí y sólo para sí, su beneficio particular.
Otros factores inciden desde luego en la "tragedia", tales como la contaminación, una ineficaz legislación y una inadecuada reproducción (humana); por tanto, el uso de los recursos comunes debe restringirse lo que implica restringir la libertad personal de alguien. La sociedad, acota, se volvió más libre pero sólo para traer la ruina universal; por tanto, la necesidad que se debe reconocer es la abandonar los recursos comunes en la reproducción ya que ninguna solución técnica puede salvarnos de las miserias de la sobrepoblación. La libertad de reproducción traerá ruina para todos.
Termina con el argumento de que la única manera en que podemos preservar otras y más preciadas libertades, es renunciando a la libertad de reproducción. "La libertad es el reconocimiento de la necesidad".
Los anteriores argumentos; interalia, me parece que sirvieron de base para el guíon del filme "Cuando el destino nos alcance" protagonizado por el gran CHARLTON HESTON, quien descubrió como se producía el único alimento disponible para la sociedad de ese contexto, el "SOYLENT", hecho a partir de seres humanos. Nos estará alcanzando el destino? que dicen nuestros gobernantes? Es cuanto.
lunes, 1 de noviembre de 2010
A PROPÓSITO DE LA CALIFICACIÓN DE "TRANSPARENCIA"
Como en otros espacios similares lo he reseñado, retomo los postulados de LUIGI FERRAJOLI, en esta ocasión respecto de su visión de la corrupción, al tenor de lo siguiente:
Su construcción la conforma a partir de la noción del garantismo, que en su opinión, es un paradigma de carácter general, en el sentido que procura un sistema de límites y vínculos no sólo respecto del poder judicial sino de todos los demás poderes.
En esa vertiende, precisa, es claro que la corrupción política equivale a la violación de la ley por parte de los poderes públicos. En ese sentido, supone una ruptura del paradigma del Estado de derecho, que exige la sujeción de los poderes a la ley, como también del sistema democrático, ya que la corrupción significa un doble Estado y, como fenómeno estructural, comporta la lesión de todos los principios democráticos; i. e., la publicidad, la transparencia, la responsabilidad y la visibilidad del poder. Por lo tanto, la corrupción y la ilegalidad del poder en general, violan el principio mismo del Estado de derecho y la democracia.
El Estado de derecho consiste, afrima el autor, en la sumisión de estos poderes a la ley, y la jurisdicción es el instrumento de control de la legalidad del poder. Por lo tanto, el garantismo, al ser una teoría general, no puede entenderse como la limitación exclusiva de la jurisdicción, como si los poderes políticos y económicos no estuvieran sujetos a límites que representen una garantía para los ciudadanos.
Es cuanto.
Su construcción la conforma a partir de la noción del garantismo, que en su opinión, es un paradigma de carácter general, en el sentido que procura un sistema de límites y vínculos no sólo respecto del poder judicial sino de todos los demás poderes.
En esa vertiende, precisa, es claro que la corrupción política equivale a la violación de la ley por parte de los poderes públicos. En ese sentido, supone una ruptura del paradigma del Estado de derecho, que exige la sujeción de los poderes a la ley, como también del sistema democrático, ya que la corrupción significa un doble Estado y, como fenómeno estructural, comporta la lesión de todos los principios democráticos; i. e., la publicidad, la transparencia, la responsabilidad y la visibilidad del poder. Por lo tanto, la corrupción y la ilegalidad del poder en general, violan el principio mismo del Estado de derecho y la democracia.
El Estado de derecho consiste, afrima el autor, en la sumisión de estos poderes a la ley, y la jurisdicción es el instrumento de control de la legalidad del poder. Por lo tanto, el garantismo, al ser una teoría general, no puede entenderse como la limitación exclusiva de la jurisdicción, como si los poderes políticos y económicos no estuvieran sujetos a límites que representen una garantía para los ciudadanos.
Es cuanto.
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