jueves, 30 de septiembre de 2010

QUEBRANTAMIENTO DEL ESTADO DE DERECHO (CASO ECUADOR)

El día de la fecha, fue difundida de manera masiva la noticia concerniente a la problemática sucedida tambén el día de hoy en Ecuador, específicamente en su capital, Quito.

Se señaló que el origen de los acontecimientos es derivado de la entrada en vigor de una ley propuesta por el Presidente Corrrea, relativa a la disminución y/o eliminación de prestaciones y emolumentos extras que se venían otorgando a los integrantes del cuerpo policíaco, lo cual desató la inconformidad de los "garantes de hacer cumplir la ley", quienes tomaron sus propios cuarteles para desde ahí iniciar lo que se ha calificado como una insurrección.

Las imágenes que se han transmitido revelan del estado grave en que tal crisis ha puesto a la república ecuatoriana, puesto que el titular del Ejecutivo fue materialmente agredido de palabra y de hecho por los propios policías inconformes, quienes incluso le lanzaron una granada de gas lacrimógeno.

A raiz de las lesiones inflijidas en la persona del Presidente, este fue trasladado a un nosocomio, hasta donde llegó una turba de elementos policíacos para rodear la instalación y con ello impedir que aquél saliera. Al más puro estilo del México norteño, un comando del ejército ecuatoriano irrumpió en las inmediaciones y, mediante un operativo (un poco torpe y atropellado por cierto) lograron "rescatar" a su comandante supremo para trasladarlo a la casa presidencial. Tal rescate no concluyó sin antes enfrentarse los "dos bandos" en una contienda armada.

El titular del Ejecutivo decretó el estado de excepción (suspensión de garantías individuales) y precisó que detrás de la supuesta inconformidad se intentó (a) un golpe de estado fraguado desde el poder legislativo y encabezado por sus opositores.

Los golpes de estado y demás figuras inherentes son tristemente célebres en la conformación, o desconformación mejor dicho, de los estados latinoaméricanos; i.e., no nos resulta nuevo ni sorprendete; empero, el que el cuerpo de policía inicie los disturbios y, ante la mirada de todo mundo agredieran a su Presidente, a eso si hay que darle varias lecturas, no sólo políticas, econonómicas, sociales y cuantas visiones se consideren, la lectura debe ser más acuciosa e intentar dilucidar las razones por las que una policía quebrantó de manera flagrante, e incluso burda el estado de derecho que tiene obligación de resguardar, por lo que hace a su función específica. No tengo la certeza de que un evento así se haya registrado, lo sierto es que a mi me parece de lo más grave que ocurra un enfrentamiento armado entre el ejército y la policía del país que sea.

La reflexión acostumbrada ¿geopolíticamente, podría el fenómeno  ecuatoriano, tener réplicas regionales? Es cuanto.

martes, 28 de septiembre de 2010

GARANTISMO

A virtud de que el profesor advirtió que el garantismo es una notable aportación de la modernidad, resulta oportuno verter algunos comentarios al respecto.

Sobre el tema, considero sin lugar a dudas, que un referente sólido lo es el maestro florentino LUIGI FERRAJOLI, de quien podemos destacar lo siguiente:

Afirma que la palabra garatismo fue introducida en Italia en la década de los años 70 dentro del ámbito del derecho punitivo; sin embargo, agrega, tal noción puede extenderse a todo el sistema de garantías de los derechos fundamentales, por ello, el garantismo, precisa el jurista, es sinónimo de Estado Constitucional de Derecho.

De ahí que en un sistema jurídico concebido como Estado de Derecho, en el cual la ley no es sólo condicionante sino que también está condicionada por el respeto a los derechos fundamentales, el elemento distintivo respecto del paradigma paleopositivista es la mutación de las condiciones de validez. En el derecho moderno primigenio la norma de reconocimiento consistía simplemente en el principio de legalidad, acorde a la fórmula hobbesiana auctoritas facit legem. La validez equivalía a la existencia de las normas y la existencia  implicaba a su vez validez en el sentido kelseniano pero también de HART o BOBBIO. Por el contrario, en el paradigma constitucional las leyes están subordinadas no sólo a normas formales sobre su producción sino también a normas sustanciales, i. e., a los derecchos fundamentales establecidos en la constitución.

Por lo anterior, las condiciones de validez de las normas son también sustanciales, con el resultado de que mientras el respeto del procedimiento formal es suficiente para asegurar su existencia o vigencia, la validez de las mismas exige coherencia con los principios constitucionales.

Una de las características del Estado de Derecho es la potencial ilegitimidad del propio derecho, por que en él, se incorpora no sólo el ser sino el deber ser del derecho, por lo que el derecho legislativo queda sometido al propio derecho y por lo tanto es posible su ilegitimidad.

Entonces, el Estado Constitucional de Derecho es un Estado de Derecho perfeccionado en el que no existe poder que no esté sujeto a las leyes. Aún el legislador está sujeto a la ley.

Ante los conceptos diáfanos del connotado autor, considero que, no existe duda en cuanto a lo que el garantismo es en esencia y, que evidentemente forma parte del bagaje de la modernidad del derecho. Ahora, y para no perder mi costumbre en este espacio, la pregunta o invitación a la reflexión es: ¿Nuestro sistema jurídico es "demasiado garantista"?, y no me refiero sólo al reproche y sanción penales, como lo expresó FERRAJOLI, el garantismo se asimila en todo el sistema legal (es específico claro está, en lo relativo al sistema de derechos torales); es decir, ¿es acorde con el texto constitucional, interalia, el derecho positivo que ahora tienen las parejas del mismo sexo para adoptar menores de edad? ¿Tal construcción legislativa respeta o considera los derechos fundamentales de los infantes que pudiesen ser adoptados en ese esquema?. Ahí queda la invitación. Es cuanto.

domingo, 26 de septiembre de 2010

A PROPÓSITO DE "LA LEY DE HERÓDES"

A virtud de que el profesor indicó que viéramos la cinta "La Ley de Heródes", la cual por cierto vi cuando estaba en cartelera, me dio curiosidad de hacer lo mismo con la intitulada "El Infierno" la cual se exhibe actualmente.

Debo confesar que no soy afecto al cine mexicano, pero por lo anterior y porque supe que El Infierno es parte de una trilogía junto con la de Heródes (aunque no se que cinta fue la intermedia), es como me anímé a verla.

La película en cuestión tiene un tema como es de esperarse similar a la Ley de Heródes, en cuanto a que es un análisis y crítica siertamente de aspectos tales como la corrupción, delincuencia, desigualdad social, poder, política y otros.

La cinta a que me refiero me gustó no solo por las convincentes actuaciones y lo bien lograda que está, sino porque maneja un tema lacerante e incluso trillado como lo es la delincuencia organizada en connivencia con la autoridad de diversos niveles, pero con un tratamiento "fiel" a la realidad; es decir, su virtud no es retratar los lastres nacionales de una forma real, sino que tiene la convicción y contundencia de dirigir su mensaje directamente a las autoridades actuales sin dobleces o autocensura.

No soy crítico de cine ni me interesa, pero mi percepción en cuanto al filme, es que más que invitar a la reflexión (en verdad con todo cuanto acontece en el quehacer nacional, no creo que haya que ver una película para cabilar o lamentarse), es presentar de forma "democrática" y condensada un cúmulo de lacras y problemas que parecen irresolubles pero no para concientizar lo cual insisto, sería muy lamentable, sino para hacer accecible un conocimiento cotidiano de hechos que ocurren a la vuelta de cada esquina. El público que la ha visto, supongo que no podrá pensar que vio algo que desconocía, pero si estará en aptitud de entender los intrincados vericuetos de los grupos delincuenciales, el tráfico ilegal de armas proveniente de los Estados Unidos, el fenómeno de la migración, la corrupción desmedida de los cuerpos policíacos y otras autoridades admnistrativas, la forma de actuar del crimen organizado y los códigos que utilizan pero sobre todo, dos aspectos torales: 1. Las desiciones gubernamentales que no han dado resultados en el combate a todos los mencionados hechos negativos y 2. El círculo maldito que parece no tener fin o dicho de manera luhmanianamente, la autopoyesis de un sistema, en dicho caso, el "parasistema del crimen corporativo" como yo lo he denominado.

Otra percepción que tengo, y no quiero obviarla, es que, por el referido contenido del filme, considero loable que la autoridad no haya censurado la película como antaño ocurría; sin bien, la cinta hace patente los desaciertos de las decisiones políticas, éstas autoridades tuvieron un acierto al no "rasurarla". Es cuanto.

sábado, 25 de septiembre de 2010

SECULARIDAD

Una de las características de la modernidad, como lo citó el profesor, lo es la secularidad, noción que me parece muy interesante desde las siguientes consideraciones:

1. Etomilógicamente, el término alude a nociones de mundo, espacio, cosmos y tiempo; empero, la concepción no es aplicada en esos términos sino en lo relativo a la laicidad.

2. El término también ha sido escindido de términos como secularización y secularismo, fenómenos de gran complejidad en todos los ámbitos políticos, sociales, jurídicos, canónicos y otros, por lo que la construcción de la noción de secularidad debe elaborarse en estrecha relación con dichos fenómenos, cuestión que, insisto, ha sido desvinculada.

3. El concepto de la secularización contiene una significación jurídico-canónica, relativa al paso del estado eclesiástico al estado secular, i. e., la enagenación de los bienes eclesiásticos en beneficio de las instancias estatales. En el plano geopolítico implica la cesión de los poderes religiosos a la autoridad civil. En el plano cultural significa la abolición de elementos o de símbolos culturales de naturaleza explícitamente religiosa. MAX WEBER presentó una visión de la secularización en términos de "desencantamiento del mundo".

4. En congruencia con lo anterior, el concepto que trato debe forzosamente víncuilares a los otros citados, o de lo contrario el planteamiento queda mutilado y su estamento se descontextualiza.

5. Con independencia de lo arriba citado y al margen de posicionamientos teológicos, conceptuales, históricos etc., para mi es importante resaltar que toda aquella noción que desvincula, limita, coacciona, separa y otros adjetivos afines, el poder religioso del poder del estado, es considerado como característica de la modernidad; es decir, se asume entonces, que el despliegue religioso como institución, no representa más que estatismo y probablemente regresesión.

6. Entonces, mi pregunta es, ¿si estamos en presencia de un "sistema atávico y retardatario", porque en realidad, es un poder fáctico no sólo en el conglomerado social, sino dentro del poder real, constituido y positivo? Será pues que la humanidad se niega a esa modernidad, o la pretendida separación entre iglesia y estado, no es más que ficción. Es cuanto.

viernes, 24 de septiembre de 2010

ESTADO DE DERECHO

En la última clase se hizo referencia al Estado de Derecho bajo la óptica del tema de la modernidad y se acotó, básicamente que dicha noción respecto de ésta última, hizo cómo máxima aportación el sistema jurídico y, en ese contexto, se precisó, surgió el concepto de identidad nacional, con lo cual estoy de acuerdo; empero quiero plantear la siguiente reflexión.

Entiendo como identidad nacional, la noción de pertenencia de una persona (súbdito, ciudadano, integrante del conglomerado social et sit cetera) respecto a la nación a la cual "pertenece", ya por nacimiento "ius sanguinis", naturalización, afecto y demás figuras jurídicas que la doctrina reconoce y, tal como lo predicó nuestro profesor, la identidad nacional se reconoce como un fenómeno de los más importantes de la "era moderna", noción que, por cierto, se contrapone a un concepto también novisimo como lo es la globalización.

Entonces, al surgir el Estado de Derecho, de manera cocomitante ocurre el "fenómeno" descrito; pero para plantear mi reflexión contextualizo: Antes del Estado de Derecho existió el Estado Absoluto y el Estado Policía, Machtstaat y Polizeistaat, respectivamente (G. ZAGREBELSKY-El Derecho Dúctil), regímenes que en lo sustancial se distinguen del Rechtsstaat, por que el primero era un régimen de la fuerza y el segundo era un despotismo ilustrado, contrario a los principios torales del Estado de Derecho que se caracteriza por la división de poderes y el reconocimiento expreso de los derechos de sus ciudadanos.

Por ello, la reflexión que planteo es en cuanto al movimiento independentista de México; es decir,  queda claro que no existia en ese entonces un Estado de Derecho, por ende, se asume que no había identidad nacional, luego, careciendo la población y los dirigentes de tal noción, ¿cómo pudieron concretar la independencia?

Considero que cuestionamientos como el descrito y otros tantos más inherentes no sólo a ese tópico sino a todos aquellos en los que un investigador indague, surgen por la acuñación infinita de términos y encasillamientos de posturas y teorías que, si bien es necesario hacerlo, generan evidentes dudas y cuestionamientos para todo aquél ente pensante y analítico. Es cuanto.

martes, 21 de septiembre de 2010

RELIGULOUS

Debo precisar, antes de entrar en materia, que tuve dos contratiempos al intentar ver el documental denominado "Religulous", los cuales citaré como referencia, al tenor de la siguiente explicación; para poder cumplir con el mandato, me avoqué a navegar por la "red de redes", de ello se derivan mis dos inconvenientes: 1. En una página encontré que tal documental podía ser visto "on line"; sin embargo, al dar "click" en la flecha de play, apareció una leyenda que a la letra decía "video not found", por ello me ví compelido a iniciar otra búsqueda, y 2. Como balsa en medio del oceáno la cuasi infalible you tube me ofreció solás, la cuestión es que los díálogos no estaban ni doblados a mi idioma natal ni contaban con subtítulos, lo cual inhibió casi en su totalidad mis deseos de ver con atención la cinta (debido claro está a mi limitación seria con la traducción del idioma inglés).

No obstante tales periplos, me di a la tarea de observar y, en mi limitación, tratar de asimilar algo de lo ahí dicho (confieso que sólo observé un aproximado de 20 minutos); empero, logré captar la esencia del corto y me pareció harto interesante.

El documental es conducido por un reconocido comentarista estadounidense llamado BILL MAHER, y si uno es acusioso, el título del documento ya da inidicios respecto del contenido, ya que no pasa desapercibido que el nombre "jocoso" combina los términos "religious" y "ridicolous", de lo que se infiere el tratamiento de los cotenidos.

MAHER se dio a la tarea de primero, contextualizar el contenido respecto de lo que piensa que es la religión cualquiera que esta sea y, siempre en un tono "tropical" (permítaseme el término) expone sus ideas y vivencias en torno al tema; en segundo lugar, la estructura del corto lo basa en una serie de entrevistas con diversas personas que van desde un ministro negro de  EU., un científico experto en el genóma humano y demás "personalidades".

Buscó el conductor plantear similitudes, contrastes y divergencias con sus entrevistados pero, siempre con un fin común, denostarlos y formularles custionamientos de dificil respuesta que, aun cuando los interlocutores se esforzaron en defender sus creencias, el marcador siempre se inclinó a favor de MAHER.

De lo que vi resalto: el hombre de ciencia externó su firme convicción de la existencia de dios, aun cuando, no pudo ante su entrevistador, mostrar "evidencia científica" alguna que sustentara su dicho (sabemos de soba respecto de ese planteamiento ancestral). Al ministro negro no le fue mejor, pues entre otras gracias, MAHER le echó en cara el suculento negocio que le representaba ser el "pastor de sus ovejas" y le externó su admiración por lo bien que se veía con su atuendo y joyas caras, ante lo cual el ministro respondió "que dios no es pobre y viste bien".

El documental despertó mi interés por la polémica que causa y porque comparto algunas ideas del conductor en cuanto a falsedades y distorsiones que han ocurrido con las religiones, lo que no comparto es la forma de tratar el tema; es decir, con falta de respeto y sarcasmo; interalia, si una consiencia se siente mejor dando parte de su peculio a otro sujeto que considera su respetable guía espiritual, pues que lo haga, es su problema, supongo que dios no está en contra de los "vivos", en fin es cosa de cada quien.

Para mi, lo relevante del asunto es que, pasando por conceptos como tótem, tabú, religación, reconocimiento, realidad y consenso et sit cetera, el ser humano tiene la necesidad de depositar sus espectativas, carencias y necesidades en un ente que considere superior, quien, por antonomasia debe ser supraterrenal, en ello no encuentro inconsistencia, lo que me disgusta lo puedo resumir en la ya trillada pero cierta frase que denomina a la religión "como el opio del pueblo", pues en nombre de ella se han cometido y se cometen todo tipo de atrocidades, desviaciones y corrupciones del espíritu.

El opio (goma) se extrae de una planta muy vistosa denominada popularmente como amapola o "adormidera", véase pues lo sabio de la frase, y que triste es reconcer que las religiones han sido utilizadas para tener "adormilado" a los que a ella se acercan, pero no sólo es cosa de fanáticos y fundamentalistas, es muy fácil que la masa haga catársis con las distorsiones religiosas y se entregue por completo a ella; es decir, el pueblo es dúctil ante la religión, quizá como el derecho desde la perspectiva de ZAGREBELSKY. Es cuanto.

lunes, 13 de septiembre de 2010

VICENTENARIO, CENTENARIO; CELEBRACIÓN?

Mucha algararabía producen los aniversarios de 200 y 100 años de la independencia y revolución, respectivamente. Gran parte de ese "ruido", emoción o connotación radica en los festejos respecto de tales fechas; sin embargo, vale la pena reflexionar al respecto.

Me surgen diversidad de cuestionamientos; a saber, podremos considerar que la mayoría de nacionales conocen al menos el significado de los mencionados acontecimientos históricos?, el país, como tal desde todas sus perpectivas, ya axiológícas, políticas, sociales, económicas y demás, está en condiciones de celebrar?, bajo dichas perspectivas, es ético generar la algarabía de marras? , los estamentos independentistas y revolucionarios, que persisten, de verdad transformaron ésta nación?; en fin, la lista podría ser cuasi interminable. Pero acotemos al respecto:

1. No puedo dejar de admirarme del sentir popular que, aun en contra de todo cuanto representa, se quiere alejar de su "realidad" y en connivencia con quienes gracias a su sufragio lo gobiernan, está dispuesto a olvidarse por lo menos unas cuantas horas de la tangible realidad y esa si es su realidad pues está plenamente consensuada, en que está inmerso, estamos para ser más puntual; es decir, el segmento más representativo (por número) del conglomerado social, está dispuesto a recibir la arenga en las diversas plazas públicas, aún cuando en cualquiera de ellas su integridad corre peligro (Morelia 15 de septiembre de 2008). Esa catársis será "sentido patriótico" o es una desviación colectiva "momentánea" para que ese sector de la población considere que la situación no está tan mal como lo es.

2.  Entre otras acepciones, independencia significa "capacidad para elegir y actuar con libertad y sin depender de un mando o autoridad extraña", por su parte, revolución es "una transformación profunda que supone una ruptura fundamental con el pasado". Tales nociones serán del dominio popular? asumo que no; entonces, por una parte, me preguntó ¿qué celebra pues el pueblo de méxico? cuando la historia ha sido tan trastocada (PORFIRIO DÍAZ puso a modo la fecha de la arenga independentista), eso será celebrar u honrar la historia? Por otra lado, si bien el pueblo elige a sus representantes, su libertad de accionar está totalmente disminiuda, ahora, el Estado, como tal, tendrá cabal autonomía en su toma de desiciones? Si un movimiento revolucionario implica un profundo cambio, analizando el contexto actual, podemos válidamente reconocer "esa profunda transformación", o solo ocurrió que el poder cambió de manos y de ideologías como hasta la fecha, sin ser puesto al servicio del pueblo (el poder) como debería de ser conforme a la tradicional y positiva teoría de la soberanía. Tal escrutinio demuestra que no. Entonces ¿qué exactamente se celebra?

3. Es evidente que la conmemoración de eventos históricos está repleta de mitos y ritos, que, como  se ha establecido en el curso, conforman el derecho; empero, bajo la óptica arriba predicada, quizá también podrían constituir el mecanismo de preservar el poder; luego, derecho y poder son sinónimos?, axiológicamente no, aunque la historia, justamente se empeña en demostrar lo contrario. Partiendo de lo expuesto el día de la fecha, vale la pena pues, dilucidar respecto a lo siguiente: el poder reconoce al derecho, o es éste el que reconoce a aquél. Es cuanto.

jueves, 2 de septiembre de 2010

RELIGACIÓN

La noción de religación se ha intentado utilizar para definir filosóficamente a la religión (cualquiera que esta sea), en cuanto dimensión trascendental del ser humano, en aprovechamiento de la etimología tradicional, conforme a la cual "religio" significa "religatio"; así el sentido de la vida como tesis, lo es por que es una realidad "religada", o dicho en otras palabras, si la vida humana tiene sentido es por la religión, o bien la religión es la que confiere a la vida humana su sentido su "religación", en el entendido de que religión significa "religación del hombre con dios". Tales apuntes provienen de postulados católicos que condensé.

Ahora bien, ese concepto, otras inferencias de esa naturaleza verbigratia DIOS=LEY y la observación inherente al numeral 133 de la Constitución nacional, esbozados por el Maestro, me causan inquietud; interalia, 1. Debido a la postura de la grey católica nacional en lo referente al contrato de matrimonio y adopción de menores por parte de individuos del mismo sexo; 2. Por mi posición personal, y 3. No considero (aunque respeto) que la ley positiva "del hombre" tenga ingerencia con dios, entre otros posicionamientos.

Al hacer un análisis de la noción de religación y lo comentado respecto del contenido del ordial de marras (léase hipóstais, la divina trinidad et sit cetera), arribo a un posicionamiento que no pretende adoptar posturas políticas, teológicas ni exhaltar creencias o mecanismos conductuales; sin embargo, para el que esto escribe no es dable considerar que la religión es el estamento que da sentido a la vida del ser humano y, en consecuencia, la norma que rige su conducta en el conglomerado social, es la positiva.

El  Maestro predicó al abordar el tema de mérito "les voy a hacer ruido", asumo pues que es una invitación a la reflexión como juristas que pretendemos ser. Recuerdo muy bien cuando mi apreciado profesor Dr. ROLANDO TAMAYO nos expuso en el aula "despues de diversos estudios y revisiones, no he localizado en mi corazón ley o norma alguna, como lo predicó San Agustín".

Entonces, para la "minoría" que representamos un pequeño sector poblacional con la capacidad de hacer una lectura consistente respecto del entorno nacional y la crisis política, económica, de inseguridad, de valores y otros altibajos más en la que estamos inmersos, es necesario dilucidar respecto de la conveniencia de hacer converger o no el sistema jurídico con postulados religiosos. Soy un firme convencido de la secularización y, conocedor del proceso histórico de la confección de la Leyes de Reforma y el costo que tuvieron.

Como corolario, se debe guardar una prudente distancia entre las instituciones republicanas y laicas  de las que son propias de la "Via de la Conciliazione", ya que de otra manera, no se abona a restablecer el estado de derecho que se ha venido desquebrajando, siertamente no por ingerencias religiosas; empero, no se puede soslayar que las mismas han tenido un rol específico aunque todavía no preponderante, por lo que hay que hacer que así siga siendo así. Es cuanto.