miércoles, 27 de octubre de 2010

LA POSMODERNIDAD Y EL DERECHO

Al respecto, citaré a ERNESTO GRÜN, quien señala que:

El mundo posmoderno implica un cambio sustancial con la modernidad, cuyo ocaso podemos situar en los años que siguieron al finalizar la segunda guerra mundial.

El paradigma de la modernidad tenía, según RUSSO, los siguientes lineamientos: a) Rechazo de la metafísica, b) Exigencia de verificación, c) Lógica formal interna, d) Pensamiento sistemático, e) Construcción de lenguajes técnicos, f) Utilización del método análitico, g) Creencia en el progreso indefinido y h) Creencia en la utilidad de la cultura.

El Estado moderno se fue formando a través de la eliminación y la absorción de los ordenamientos jurídicos superiores e inferiores existentes en aquella, por la sociedad nacional y por medio de un proceso que podríamos denominar de monopolización de la producción jurídica.

La tendencia a identificar el derecho con el derecho estatal, que todavía hoy existe, es la consecuencia histórica del proceso de concentración del poder normativo y coactivo que caracterizó el surgimiento del Estado Nacional moderno. La crisis de la noción  de "Estado Nacional" denunciada por la posmodernidad tiene su correlato en el mundo jurídico en el debilitamiento en la identificación entre derecho y norma jurídica como producto de la facultad monopólica de ese mismo Estado.

De allí que en nuestra época, como señala FERNÁNDEZ VICENTE,  el derecho en su consideración sistémica debe integrase como sistema normativo (formal), sistema social (real) y sistema axiológico (valorativo), so riesgo de perderse en aproximaciones parciales e incompletas que no permitan su comprensión global.

Es cuanto.

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