domingo, 3 de octubre de 2010

RESPECTO DE LA TEORÍA JURÍDICA

Es evidente que respecto del tema elegido, todo lo que se pueda verter, resulta idóneo. Para ello citaré al maestro emérito ROLANDO TAMAYO Y SALMORÁN.

Al tratar el tópico, el jurista de marras comienza con un deslinde entre dogmática y teoría jurídica y precisa que de manera inconsistente, los juristas hacen simultáneamente, dogmática jurídica y teoría del derecho y, una forma de aclarar el problema de la comparación entre derecho y moral, consiste en distinguir entre dogmática jurídica y teoría del derecho, así como la forma diferente en que estas discplinas abordan tal cuestión.

La jurisprudencia dogmática proporciona los códigos para decifrar el lenguaje en que el derecho se formula, los criterios que permiten determinar sus efectos y consecuencias. Es una disciplina que se ubica en el ámbito de la reflexión práctica. Sus definiciones y principios permiten determinar que hacer jurídicamente, da respuestas deónticas, constituye el arsenal de reglas para determinar qué conducta es obligada, prohibida o permitida e informa el contenido del derecho positivo.

La teoría del derecho por lo contrario, no es una disciplina que se ubique en el ámbito de la reflexión práctica, no es la semántica que guía la lectura del derecho; más bien se ocupa por determinar que es el objeto llamado derecho. Determina cuándo surge el derecho, cuándo y cómo deja de existir, da cuenta de su funcionamiento y de su estructura.

Para mis pretensiones en esta ocasión, no ahondo respecto a las diferencias tratadas por el querido maestro relativas al derecho y a la moral, a virtud de que con la anterior distinción se colma mi cometido.

Me refiero a que, habiendo citado los anteriores conceptos, se clarifican los contenidos y métodos utlizados por el Maestro ARCE en el desarrollo de su cátedra, ya que se ha ocupado, primero de establecer el concepto inherente a su materia, en cuanto a contemporánea, y en relación al surgimiento del derecho en tanto teoría, se ha remontado a nociones y conceptos que históricamente dan contexto y sustento al "conjunto de normas"; empero, y en congruencia con los temas vertidos por el maestro, llegar a esa definición tan "simple", implica un recorrido formidable de la humanidad en su esfuerzo constante por normatizar su entorno. Es cuanto.

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